¿Cuál es la posición de la Iglesia sobre el aborto legal en caso de sida?

Pregunta:

¿Cuál es la posición de la Iglesia sobre el aborto legal en caso de SIDA?

 

Respuesta:

Estimado:

            El aborto, sean cuales sean las circunstancias en que se encuentra el feto y las condiciones de salud de éste es siempre un homicidio cualificado.

            En la Encíclica Evangelium vitae de Juan Pablo II, puede usted leer (nº 58): ‘El aborto procurado es la eliminación deliberada y directa, como quiera que se realice, de un ser humano en la fase inicial de su existencia, que va de la concepción al nacimiento. La gravedad moral del aborto procurado se manifiesta en toda su verdad si se reconoce que se trata de un homicidio y, en particular, si se consideran las circunstancias específicas que lo cualifican.

            1º Quien se elimina es un ser humano que comienza a vivir, es decir, lo más inocente en absoluto que se pueda imaginar: ¡jamás podrá ser considerado un agresor, y menos aún un agresor injusto!

            2º Es débil, inerme, hasta el punto de estar privado incluso de aquella mínima forma de defensa que constituye la fuerza implorante de los gemidos y del llanto del recién nacido.

            3º Se halla totalmente confiado a la protección y al cuidado de la mujer que lo lleva en su seno. Sin embargo, a veces, es precisamente ella, la madre, quien decide y pide su eliminación, e incluso la procura.

            Es cierto que en muchas ocasiones la opción del aborto tiene para la madre un carácter dramático y doloroso, en cuanto que la decisión de deshacerse del fruto de la concepción no se toma por razones puramente egoístas o de conveniencia, sino porque se quisieran preservar algunos bienes importantes, como la propia salud o un nivel de vida digno para los demás miembros de la familia. A veces se temen para el que ha de nacer tales condiciones de existencia que hacen pensar que para él lo mejor sería no nacer. Sin embargo, estas y otras razones semejantes, aun siendo graves y dramáticas, jamás pueden justificar la eliminación deliberada de un ser humano inocente’.

            Esta última frase sobre las posibles malas condiciones de salud condiciones del nascituro responden a su pregunta.

            En cuanto a la legislación que aprueba el aborto en algunos casos (por ejemplo, en caso de niño sidasico o de padres sidasicos), le recuerdo cuanto dice la Declaración sobre el aborto procurado, de la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe, nº 22: ‘Debe quedar bien claro que un cristiano no puede jamás conformarse a una ley inmoral en sí misma; tal es el caso de la ley que admitiera en principio la licitud del aborto. Un cristiano no puede ni participar a una campaña de opinión a favor de semejante ley, ni darle su voto, ni colaborar en su aplicación’. Por eso ha dicho Juan Pablo II: ‘una norma que viola el derecho natural a la vida de un inocente es injusta y, como tal, no puede tener valor de ley’ (Evangelium vitae, 90).

P. Miguel A. Fuentes, IVE

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