ectópicos

¿Qué es lícito hacer ante los embarazos ectópicos?

Pregunta:

Querido Padre: Tenemos el siguiente caso: una señora tiene un embarazo de pocas semanas fuera del útero. Esto mismo le ha sucedido hace unos meses atrás, por lo cual se le produjo un aborto natural. Ahora, según los médicos, ocurrirá lo mismo, por lo tanto le sugieren interrumpir el embarazo, para evitar al menos el riesgo para su salud por la fuerte hemorragia. La mujer está perpleja, y pide consejo. La cuestión es: ¿es ilícito lo que proponen? ¿o la mujer debería dejar que se produzca el aborto natural aun con grave riesgo para su salida?

 

Respuesta:

Estimados:

  Al problema de los embarazos ectópicos (fuera de lugar natural), le contesto con cuanto dice A, Peinador (Moral Profesional, nº 652): ‘En cuanto a los fetos ectópicos… nunca es lícito extraer el óvulo vivo ni realizar ninguna incisión que vaya directamente contra el feto… Dice Scremin sobre este tema: En cuanto a la moralidad de los tratamientos comunes de la gravidez ectópica cuando el feto no es vital, se puede decir que, si la ruptura ha tenido ya lugar y la hemorragia, aunque pequeña, está en marcha, es lícito intervenir para contener la hemorragia, aunque el feto esté vivo y conserve su unión con la placenta. La muerte del feto por una intervención cuyo fin terapéutico es poner fin a la hemorragia es consecuencia indirecta, y no ha sido intentada ni como fin ni como medio. Lo mismo se ha de decir de la gravidez ovárica o en el extremo del útero rudimentario, atrésico. En cualquier caso se impone una conducta expectante, que dé la posibilidad de una actuación inmediata, cuando lo indiquen el decurso del embarazo y las posibles complicaciones’.

  También se explide de modo similar A. Royo Marín (Teología moral para seglares, T.I, nº 565): ‘En caso de gestación ectópica o extrauterina, el feto humano posee los mismos derechos naturales que si estuviera colocado en su sitio natural. Por lo tanto, no es lícito jamás, bajo ningún pretexto, matarle directamente. Lo único que puede hacerse es la llamada operación Wallace (consiste esta operación en trasladar el feto ectópico del sitio anormal en que se encuentra anidado a su sitio normal en el útero o matriz para que alcance allí su normal desarrollo. Modernamente ha comenzado a hacerse con éxito, y con ella se atiende muy bien a la vida de la madre y del hijo), si la pericia del médico permite esperar buenos resultados para la vida del hijo y de la madre; o la llamada expectación armada (preferentemente en una clínica o sanatorio quirúrgico donde puedan utilizarse en seguida los medios apropiados), consistente en la intervención inmediata del médico al producirse la rotura del saco fetal (que pone en grave peligro la vida de la madre), porque el feto se separa entonces de sus conexiones vitales (extráigasele y bautícesele inmediatamente); o la laparoptomía, si el feto es ya viable y hay grave peligro para la madre si prosigue la gestación hasta el fin, porque se trata, en este caso, de una simple aceleración del parto, que es lícita con causa justificada. Únicamente sería lícita la extirpación del feto ectópico cuando se tuviera plena certeza de su muerte (cosa bastante difícil en la práctica), porque entonces es claro que no se le mata’.

P. Miguel A. Fuentes, IVE

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