relaciones sexuales

¿Cuáles son las consecuencias de las relaciones sexuales prematrimoniales?

Pregunta:

Estimado Padre:

            He leído su respuesta sobre las relaciones sexuales entre novios. Me ha quedado, sin embargo, una duda: ¿cuáles son las consecuencias a las que se exponen los novios que viven su noviazgo como si ya estuvieran casados?

 

Respuesta:

            En la respuesta a la que Usted alude, expuse el argumento central sobre la inmoralidad de tales relaciones. No me extendí analizando las consecuencias más comunes de las relaciones prematrimoniales porque, en el fondo, son argumentos secundarios. Sin embargo, agradezco su consulta porque me da pie para reforzar el juicio negativo que de ellas hemos hecho.

  1. Las consecuencias más comunes que suelen seguirse

            Entre las consecuencias que habitualmente suelen seguirse de las relaciones sexuales prematrimoniales pueden señalarse[1]:

            1º En el orden biológico:

a) Frigidez: se sabe médicamente que la actividad sexual ejercida por jovencitas de 15 a 18 años puede ser causa de frigidez en épocas posteriores; en algunos estudios, el 45% de las mujeres interrogadas se refirieron a la falta de capacidad de reacción sexual como una consecuencia temible de las relaciones previas al matrimonio; está comprobado que muchas mujeres no son frígidas por constitución, sino a causa de inadecuadas experiencias sexuales antes del matrimonio. Esto provoca en algunos casos el fenómeno de las pseudo-lesbianas y de las anfibias, es decir, de las mujeres que buscan el encuentro amoroso con otras mujeres, porque se han quedado decepcionadas de los hombres, o bien alternan indiferentemente la compañía íntima de los hombres con la de las mujeres.

b) Enfermedades venéreas: “entre los millares de casos venéreos cuidados –afirma Carnot– nunca encontré uno solo que no tuviese por origen directo o indirecto un desorden sexual”. Entre éstas las más extensas son la sífilis, la blenorragia y actualmente el Sida.

c) Embarazos: aunque la mayoría de los novios recurren a la anticoncepción (añadiendo una mayor gravedad a su pecado de fornicación), ésta –como ya se sabe– no es capaz de evitar los embarazos que tienen lugar por “descuido” o por “fallas” de los mismos métodos anticonceptivos.

            2º En el orden psicológico:

a) Crea temor: como, por lo general, las relaciones tienen lugar en la clandestinidad, crean un clima de temor: temor a ser descubiertos, temor a ser traicionados después (siendo abandonadas), temor a la fecundación, temor a la infamia social. Además crean otra alteración pasional, a saber, el temperamento celoso: la falta de vínculo legal hace siempre temer el abandono o desencanto del novio o novia y la búsqueda de satisfacción en otra persona; de hecho no hay ningún vínculo que lo pueda impedir; por eso la vida sexual prematrimonial engendra en los novios un clima de sistemática sospecha de infidelidad.

b) Da excesiva importancia al sexo, al instinto sexual, al goce sexual. Esto produce un detrimento de las otras dimensiones del amor: la afectiva y la espiritual. Normalmente esto resiente el mismo noviazgo y luego el matrimonio. Asimismo, esta centralización del amor en el sexo frena el proceso de maduración emocional e intelectual. “Una relación sexual precoz, llevada a cabo regularmente, dice Tumlirz, …ejerce también su efecto inhibidor sobre el desarrollo intelectual y la evolución consecutiva de la mente…”.

c) Introduce desigualdad entre el varón y la mujer. De hecho nadie puede negar que en las relaciones prematrimoniales quien lleva la peor parte es la mujer. Ésta, en efecto: “pierde la virginidad; se siente esclavizada al novio que busca tener relaciones cada vez con mayor frecuencia; no puede decirle que no, porque tiene miedo que él la deje, reprochándole que ella ya no lo quiere; vive con gran angustia de que sus padres se enteren de sus relaciones; participa de las molestias del acto matrimonial, sin tener la seguridad y la tranquilidad del matrimonio”[2]; vive en el temor de quedar embarazada; si queda embarazada es empujada al aborto por el novio que la deja sola ante los problemas del embarazo, por familiares y amigos e incluso por instituciones internacionales, fundaciones y asociaciones que luchan por la difusión del aborto en el mundo[3] (a pesar de esto, conozco casos, tal vez excepcionales, en que ha sido el novio, enterado de su paternidad, quien ha querido el nacimiento de su hijo, mientras que ha sido la novia la que se ha empecinado en abortar).

            3º En el orden social:

a) Casamientos precipitados. La experiencia demuestra hasta el cansancio que los embarazos no intencionales o la infamia social, lleva muchas veces a precipitar el matrimonio cuando se carece de la debida madurez para enfrentarlo y éste a su vez termina en una ruptura ya irreversible. Lo sabemos bien los sacerdotes, que tenemos que enfrentar muchas veces los dramas matrimoniales que tienen este origen.

b) Abortos procurados. La experiencia también nos muestra el número cada vez mayor de abortos y sobre todo la relación entre la mentalidad abortista y la mentalidad anticonceptiva[4]. Ahora bien, nadie puede negar que esta última es el ambiente más común para quienes practican el sexo prematrimonial; consecuentemente, también el aborto será una de sus más nefastas consecuencias.

c) Maternidad ilegítima. Cuando no se efectúa el aborto y no se opta por el casamiento apresurado, se termina arrostrando una maternidad ilegítima. Una de las preocupaciones más angustiosas de nuestra época es el problema de las madres solteras adolescentes. Según algunas estadísticas, el mayor porcentaje de hijos ilegítimos que no son segados por el aborto corresponde a las jóvenes de 15 a 19 años, luego siguen las que tienen entre 20 y 24 años; la tasa más baja es la de las menores de 15 años.

¿Cuál es el consejo más sabio para nos novios? ¡Guardar la castidad antes del matrimonio!

            La castidad perfecta antes del matrimonio es esencial al amor: “Los novios están llamados a vivir la castidad en la continencia. En esta prueba han de ver un descubrimiento del mutuo respeto, un aprendizaje de la fidelidad y de la esperanza de recibirse el uno y el otro de Dios. Reservarán para el tiempo del matrimonio las manifestaciones de ternura específicas del amor conyugal. Deben ayudarse mutuamente a crecer en la castidad”[5].

            Entre otros motivos podemos indicar los siguientes:

            1º La castidad es el arma que tiene el joven o la joven para ver si es realmente amado por su futuro/a cónyuge.

            Esto por varias razones:

a) Porque si realmente uno ama al otro no lo llevaría al pecado sabiendo que lo degrada ante Dios, le hace perder la gracia y lo expone a la condenación eterna.

b) Porque es la única forma que tiene un joven o una joven de demostrar verdaderamente que quiere reservarse exclusivamente para quien habrá de ser su cónyuge. En efecto, al no aceptar tener relaciones con su novio/a, con quien más expuesto a tentaciones está, menos probable es que lo haga con otro. En cambio, si lo hacen entre sí sabiendo que esto puede llevarlos a un matrimonio apurado o a cierta infamia social, ¿qué garantiza que no lo haga también con otros u otras con quienes no tiene compromiso alguno y sobre todo cuando nadie se va a enterar? El no consentir en las relaciones prematrimoniales es un signo de fidelidad; lo contrario puede ser indicio de infidelidad.

c) Finalmente, porque el hacer respetar la propia castidad es el arma para saberse verdaderamente amado. En efecto, si la novia solicitada por su novio (o al revés) se niega a tener relaciones por motivos de virtud, pueden ocurrir dos cosas: o bien que su novio respete su decisión y comparta su deseo de castidad, lo cual será la mejor garantía de que él respeta ahora su libertad y por tanto, la seguirá respetando en el matrimonio; o bien que la amenace con dejarla (y tal vez lo haga), lo cual solucionará de antemano un futuro fracaso matrimonial; porque si el novio amenaza a su novia (o viceversa) porque ella o él deciden ser virtuosos, quiere decir que el noviazgo se ha fundado sobre el placer y no sobre la virtud, y éste es el terreno sobre el que se fundamentan todos los matrimonios que terminan en el fracaso.

            2º La castidad es fundamental para la educación del carácter.

            El joven o la joven que llegan al noviazgo y se encaminan al matrimonio no pueden eludir la obligación de ayudar a su futuro cónyuge a educar su carácter. La maduración psicológica es un trabajo de toda la vida. Consiste en forjar una voluntad capaz de aferrarse al bien a pesar de las grandes dificultades. Así como los padres se preocupan de ayudar a sus hijos a lograr esta maduración, también el novio debe ayudar a su novia (y viceversa) y el esposo a su esposa. El trabajo sobre la castidad es esencial para ello; porque es una de las principales fuentes de tentaciones para el hombre; consecuentemente es uno de los principales terrenos donde se ejercita el dominio de sí[6]. Quien no trabaja en esto no sólo es un impuro sino que puede llegar a ser un hombre o una mujer despersonalizados, sin carácter[7]. Y así como no tiene dominio sobre sí en el terreno de la castidad, es probable que tampoco lo tendrá en otros campos de la psicología humana. El que tiene el hábito de responder a las tentaciones contra la pureza cometiendo actos impuros, responderá a las tentaciones contra la paciencia golpeando a su esposa e hijos, responderá a las dificultades de la vida deprimiéndose, responderá a la tentación de codicia robando y faltando a la justicia, y responderá a la tentación contra la esperanza quitándose la vida.

            3º La castidad es esencial porque la verdadera felicidad está fundada sobre la virtud.

            Las virtudes guardan conexión entre sí. No se puede, por tanto, esperar que se vivan las demás virtudes propias del noviazgo y del matrimonio si no se vive la castidad. Si no se vive la castidad, ¿por qué habría de vivirse la fidelidad, la abnegación, el sacrificio, el compañerismo, la esperanza, la confianza, el apoyo, etc.?

            La castidad no es la más difícil de las virtudes. A veces puede ser más fácil que la humildad o la paciencia cuando en la intimidad matrimonial se empiezan a descubrir los defectos del cónyuge que no se veían en el idilio del noviazgo. Por eso la guarda de la pureza es garantía de que se está dispuesto a adquirir las demás virtudes.

            Por todo esto podemos concluir: el amor que no sabe esperar no es amor; el amor que no se sacrifica no es amor; el amor que no es virtud no es amor.

[1] Cf. José María del Col, Relaciones prematrimoniales, Ed. Don Bosco, Bs.As. 1975, pp. 169-221. Las estadísticas y citas las tomo de este estudio.

[2] Carlos Buela, Modernos ataques contra la familia, Rev. Mikael n. 15 (1977), p. 39.

[3] “En la decisión sobre la muerte del niño aún no nacido, además de la madre… puede ser culpable el padre del niño, no sólo cuando induce expresamente a la mujer al aborto, sino también cuando favorece de modo indirecto esta decisión suya al dejarla sola ante los problemas del embarazo… No se pueden olvidar las presiones que a veces provienen de un contexto más amplio de familiares y amigos. No raramente la mujer está sometida a presiones tan fuertes que se siente psicológicamente obligada a ceder al aborto” (Evangelium vitae, 59).

[4] Cf. Evangelium vitae, 13.

[5] Catecismo de la Iglesia Católica, n. 2350.

[6] “La castidad implica un aprendizaje del dominio de sí, que es una pedagogía de la libertad humana. La alternativa es clara: o el hombre controla sus pasiones y obtiene la paz, o se deja dominar por ellas y se hace desgraciado” (Catecismo de la Iglesia Católica, n. 2339).

[7] Juan Pablo II ha afirmado, por eso, que la persona humana tiene como “constitutivo fundamental” el dominio de sí (Catequesis de 22/VIII/84; en L’Osservatore Romano, 26/VIII/84, p.523, n. 1): “el hombre es persona precisamente porque es dueño de sí y se domina a sí mismo” (ibid, n. 5), “el dominio de sí corresponde a la constitución fundamental de la persona”.

Eucaristía

¿Hay «derecho» a recibir la Eucaristía?

Pregunta:

        Sé perfectamente que cuando una pareja no se casa por la Iglesia sino sólo ante las leyes civiles, no puede acercarse a la comunión. Ahora, las variables son muchas, pero en todo caso: ¿no cree que si una de las partes siente la necesidad imperiosa de recibir a Jesús Sacramentado, no tiene ésta el derecho de recibirlo (hablo del derecho de ser también partícipe de la Salvación y del Jubileo de estar en Dios aunque no sea por el sacramento del matrimonio)?

         ¿Podría aclararme por qué los no casados por la Iglesia, pierden esa oportunidad de acercarse a la comunión? ¿se dan cuenta de que esa es una de las tantas maneras para que el que cree en la Santísima Trinidad se retire de la Iglesia y lo que es peor pueda unirse a una secta religiosa?

         No digo que hay que faltar el respeto al sacramento como tal, pero en el caso que uno de los dos crea en Dios o sienta la necesidad de recibirlo a través de la comunión, la Iglesia debería darle esa oportunidad. Al fin de cuentas Jesús vino para los que necesitaban de Dios.

         Les ruego despejar esta duda y espero que me sepan disculpar cualquier imprudencia.

 

Respuesta:

Estimado amigo:

         Comprendo su inquietud. Le recuerdo que en el año 1984, la Congregación para la doctrina de la Fe publicó una Carta sobre la recepción de la comunión por parte de los divorciados vueltos a casar. En este documento se recuerda que «merecen una especial atención las dificultades y los sufrimientos de aquellos fieles que se encuentran en situaciones matrimoniales irregulares»[1]. Y se menciona la caridad y misericordia con que deben ser tratados. Sin embargo, al mismo tiempo se nos recuerda que hay que ser «conscientes… de que la auténtica comprensión y la genuina misericordia no se encuentran separadas de la verdad», y por eso, «los pastores tienen el deber de recordar a estos fieles la doctrina de la Iglesia acerca de la celebración de los sacramentos y especialmente de la recepción de la Eucaristía»[2]. He tocado este tema en otras consultas[3].

         El problema que se plantea aquí es la situación objetiva: «se encuentran en una situación que contradice objetivamente a la ley de Dios y por consiguiente no pueden acceder a la Comunión eucarística mientras persista esa situación. Esta norma de ninguna manera tiene un carácter punitivo o en cualquier modo discriminatorio hacia los divorciados vueltos a casar, sino que expresa más bien una situación objetiva que de por sí hace imposible el acceso a la Comunión eucarística»[4].

         Hay, pues, un obstáculo por el que la Eucaristía no puede ser recibida. Ese obstáculo es el pecado mortal. Una de las condiciones necesarias para recibir la Sagrada Eucaristía es el estado de gracia. Dice Santo Tomás: «Quien está en pecado mortal, si recibe este sacramento, recibe su condenación»[5]; y el Concilio de Trento exige formalmente el estado de gracia para poder comulgar: «cuanto más notoria es a las personas cristianas la santidad y divinidad de este celeste Sacramento, con tanta mayor diligencia por cierto deben procurar presentarse a recibirle con grande respeto y santidad; principalmente constándonos aquellas tan terribles palabras del Apóstol san Pablo: Quien come y bebe indignamente, come y bebe su condenación; pues no hace diferencia entre el cuerpo del Señor y otros manjares… Ninguno sabedor de que está en pecado mortal, se acerque, por muy contrito que le parezca hallarse, a recibir la sagrada Eucaristía, sin disponerse antes con la confesión sacramental»[6].

         Por esto, a ningún cristiano debidamente preparado se le niega la Comunión eucarística: puede recibirla con la condición de prepararse debidamente sabiendo a Quien va a recibir y confesándose previamente si está en pecado mortal, cortando toda situación de pecado (sin lo cual la misma confesión es inválida pues falta el propósito de enmienda).

         Lo mismo vale para los casos que Usted me plantea. Dice la Carta arriba mencionada: «Para los fieles que permanecen en esa situación matrimonial, el acceso a la Comunión eucarística sólo se abre por medio de la absolución sacramental, que puede ser concedida únicamente a los que, arrepentidos de haber violado el signo de la Alianza y de la fidelidad a Cristo, están sinceramente dispuestos a una forma de vida que no contradiga la indisolubilidad del matrimonio»[7].

         Como puede ver, las personas que están en este estado pueden abrir el camino hacia la Comunión eucarística «mediante» la confesión y conversión que los dispone adecuadamente para ello.

         Respondiendo a lo que Usted me dice, una persona que está viviendo en pecado mortal no se aleja de la Salvación por el hecho de no poder comulgar sino por no confesarse y no cambiar de vida. De hecho una persona puede salvarse sin comulgar, pero no puede salvarse sin arrepentirse sinceramente de sus pecados (con el implícito propósito de enmendarse).

         Vuelvo a insistir: la Iglesia no los aleja de la Eucaristía, sino que el mismo fiel pone un obstáculo para recibirla por su estado irregular.

         Por último, estrictamente hablando no hay «derecho» a la Eucaristía. La Eucaristía es el don supremo de Jesucristo; y es Él quien exige el estado de gracia para recibirla: Jesús le respondió: Si no te lavo, no tienes parte conmigo (Jn 13,8); Quien come y bebe indignamente, come y bebe su condenación; pues no hace diferencia entre el cuerpo del Señor y otros manjares (1Co 11,29).

         Usted dice que un fiel viviendo en estado de pecado puede «sentir necesidad de la Eucaristía». Esto es muy cierto; pero debe darse cuenta que en esta «necesidad» está experimentando principalmente «necesidad de reconciliarse con Dios» para poder así acceder a la Eucaristía. La Eucaristía es el centro de todos los sacramentos los cuales se ordenan a Ella como a su fin[8]. En este sentido hay que tender a la Eucaristía como fin de la vida cristiana, yendo por los medios: el bautismo ante todo, y luego el sacramento de la penitencia si se hubiese cometido pecado grave después del bautismo.

 P. Miguel A. Fuentes, IVE

Bibliografía para profundizar:

            Sauras, Emilio, Teología y espiritualidad del Sacrificio de la Misa, Palabra, Madrid 1981.

            San Pedro Julián Eymard, Obras eucarísticas, Madrid 1963.

            Bernadot, V., De la Eucaristía a la Trinidad, Barcelona 1940.

[1] Congregación para la Doctrina de la Fe, Carta sobre la recepción de la comunión por parte de los divorciados vueltos a casar, n. 2.

[2] Ibid., n. 3.

[3] Cf. El Teólogo Responde, Volumen 1, op. cit., pp. 267-270.

[4] Congregación para la Doctrina de la Fe, Carta…, n. 4.

[5] Santo Tomás, Suma Teológica, III, 80, 4.

[6] Denzinger-Hünermann, nn. 1646, 1661.

[7] Congregación para la Doctrina de la Fe, Carta…, n. 4.

[8] Cf. Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1324; Concilio Vaticano II, Presbyterorum ordinis, n. 5.

concubinato

En una situación de concubinato ¿no hay ninguna posibilidad de recibir la comunión?

Pregunta:

Hace 5 años que estoy casada sólo civilmente. Tengo un hijo de 3 años de este matrimonio y otro hijo de 10 años de mi primer matrimonio (que hice por la Iglesia). Mi esposo y yo somos creyentes, fomentamos la fe en Dios en la familia, vamos cada domingo a Misa y a los principales acontecimientos católicos.

Al inicio de nuestra unión trate de invalidar mi primer matrimonio, pero fue rechazada la solicitud.  Sé que Dios ama la familia, sé que debe permanecer unida, sé que me equivoqué al casarme por vez primera y quizá aún más separándome. Pero ahora tengo un nuevo compromiso con mi actual familia, ya que existe un hijo de ambos, y mi otro hijo mayor tiene ahora estabilidad en el seno de esta nueva familia… Hacia atrás no puedo volver, no estoy sola en esta decisión tengo hijos y veo armonía en mi situación actual; inclusive me he acercado a Dios por mi actual esposo.

Mi pregunta es: ¿no existe ninguna posibilidad para nosotros de recibir el sagrado sacramento de la comunión?, ¿acaso para recibirlo debemos separarnos, desintegrando esta familia? ¿o podemos salvar nuestra alma sin comulgar nunca más? Gracias por su respuesta.

Respuesta:

Estimada Señora:

Comprendo la dificultad de su situación y veo que es Usted muy instruida como para conocer la doctrina no sólo del Magisterio de la Iglesia sino del mismo Evangelio.

Aún entendiendo su dolorosa situación, no puedo engañarla y darle una falsa enseñanza sobre el matrimonio: el matrimonio válidamente celebrado y consumado es indisoluble y quien está unido por un vínculo anterior no puede volver a casarse mientras viva su consorte. Esto Usted ya lo sabe; disculpe que se lo repita.

Respecto a la pregunta concreta que me hace, debo decirle que si bien Usted por el momento no puede recibir la comunión, puede sin embargo rezar y hacer una comunión espiritual. Hay situaciones en que personas como Usted no pueden separarse (a veces porque hay hijos de por medio, otras porque se necesitan para mantenerse, y otras porque no tienen la fuerza de voluntad para dar un paso necesario pero penoso); en tales casos pueden recibir los sacramentos (confesión y comunión, al menos en privado si no puede ser en público) si viven bajo el mismo techo, pero como hermanos y no como esposos. Ha escrito el Papa Juan Pablo II hablando de los divorciados vueltos a casar: “La reconciliación en el sacramento de la penitencia –que les abriría el camino al sacramento eucarístico– puede darse únicamente a los que, arrepentidos de haber violado el signo de la Alianza y de la fidelidad a Cristo, están sinceramente dispuestos a una forma de vida que no contradiga la indisolubilidad del matrimonio. Esto lleva consigo concretamente que cuando el hombre y la mujer, por motivos serios, –como, por ejemplo, la educación de los hijos– no pueden cumplir la obligación de la separación, asumen el compromiso de vivir en plena continencia, o sea de abstenerse de los actos propios de los esposos”[1].

Tal vez Usted no se sienta capaz de ello por el momento, o no pueda decidirlo sola. Pero tampoco se apresure a decir que en el futuro no podrá ser así; la vida tiene muchos giros; hay muchas situaciones en la vida que obligan incluso a los esposos legítimos a vivir de esta forma. Mientras no pueda actuar así, siga uniéndose a Nuestro Señor por medio de la oración; allí encontrará consuelo en sus penas y fortaleza en sus dificultades. No deje de ir a Misa; aunque Usted no pueda comulgar, igualmente allí delante suyo Jesucristo se inmola en la cruz, ¡también por Usted y por su familia!

Récele mucho a la Virgen Santísima.

P. Miguel A. Fuentes, IVE

[1] Juan Pablo II, Exhortación Familiaris consortio, 84.

concubinato

¿Qué es lo que es pecado en el concubinato: el vivir juntos o el tener relaciones sexuales?

Pregunta:

¿Qué es lo que la Iglesia reprueba en una unión libre: el hecho de que vivan juntos y/o las relaciones sexuales?

 

Respuesta:

Estimado:

Toda relación entre un hombre y una mujer deben estar regidas por la virtud de la castidad: ‘Las personas casadas son llamadas a vivir la castidad conyugal; las otras practican la castidad en la continencia'[1]. Quienes no están unidos en legítimo matrimonio deben vivir la castidad perfecta, lo cual incluye no sólo abstenerse de practicar relaciones sexuales sino de toda expresión de afecto propiamente matrimonial. Si dos personas de diverso sexo viven bajo el mismo techo ‘como hermanos’ no cabrían objeciones morales, salvo el que esto sea para ellas ocasión de tentaciones o bien sirva de escándalo para los demás; pero si viven afectivamente como esposos, aun cuando no tengan relaciones sexuales tal situación es moralmente incorrecta.

 P. Miguel A. Fuentes, IVE


[1] Catecismo de la Iglesia Católica, nº 2349.

concubinato

¿Porqué los que viven en concubinato no pueden ser absueltos de sus pecados y si los que fornican pero no viven en concubinato?

Pregunta:

Soy casada por lo civil, un día de estos quise confesarme y el padre me dijo que no podía absolverme los pecados hasta que yo no cambiara, mi pregunta es: las personas que fornican ¿no están en el mismo pecado y por que ellos pueden comulgan y yo no?, ¿Estaba en lo cierto el padre?
G. de Costa Rica

Respuesta:

Estimada G.:

Tiene razón el sacerdote y en parte también usted. Son dos situaciones diferentes, aunque parecidas en algo.

El que fornica comete pecado grave y si se confiesa ‘con intención de seguir fornicando’ no vale ni su confesión ni su comunión; es decir, no puede ser perdonado de sus pecados ni puede comulgar. Cuando una persona que ha fornicado se confiesa y es absuelto esto es porque en la confesión ‘se ha comprometido a no volver a hacer ese pecado’. Si alguien mintiese para ser absuelto y poder comulgar, su confesión sería inválida y sacrílega y su comunión también sería sacrílega.

Tal vez lo sepa sólo Dios, pero es un gran pecado, y basta que lo sepa Dios para que nuestra conciencia nos condene.
Su caso es distinto, porque usted al convivir sin estar casada por la Iglesia, manifiesta con el mismo hecho de seguir viviendo en concubinato (a lo que es casi equivalente el vivir sólo casada por civil) que tiene intención de seguir en su estado que es, a los ojos de Dios, pecado.

Por eso, tanto a usted (casada sólo por civil), como a quien ha fornicado, se les exige lo mismo; sólo que es más fácil demostrar su voluntad de cambiar de vida para quien no convive con otra persona.

De todos modos, estimada G., si usted tiene intención de regularizar su situación (y si esto es posible, es decir, si no existe ningún impedimento, como podría ser el hecho de que alguno de los dos ya haya estado casado por la Iglesia anteriormente), puede también solucionar su problema moral y espiritual dando los pasos necesarios para casarse por la Iglesia.

En Cristo y María.

P. Miguel A. Fuentes, IVE