resurrección

¿Reencarnación o Resurrección?

Pregunta:

Padre:
Me gustaría leer alguna obra fundamental sobre el tema de la resurrección. Además, me interesaría poder argumentar contra aquellos que sostienen la teoría de la reencarnación, para lo cual le solicito me brinde bibliografía. Creo deber de todo católico practicante defender sin atacar, con firmeza y con respeto las verdades de nuestra fe. Poseo formación filosófica.
Muchas gracias.
Atentamente.
Ernesto, de Argentina

Respuesta:

Estimado Ernesto:

Sobre el tema de la reencarnación los mejores escritos son los de Mons. Boaventura Kloppenburg. No tengo las ediciones de sus libros (algunos en portugués), pero tal vez pueda conseguirlos por internet. Sobre la resurrección le recomiendo el libro de Antonio Royo Marín, ‘Teología de la salvación’, BAC, Madrid; que tiene un capítulo muy bueno al respecto; otro clásico es el Cándido Pozo, ‘Teología del más allá’, BAC, Madrid. Este último es un libro altamente documentado donde encontrará abundante bibliografía para ampliar.

También le recomiendo el documento ‘Esperamos la resurrección y la vida eterna’, de la Comisión Episcopal para la Doctrina de la Fe, del 26 de noviembre de 1995. Está en Internet. (http://www.mercaba.org/CEE/C-P/obis-57.htm)

En Cristo y María.

P. Miguel A. Fuentes, IVE

reencarnacion

¿Cómo puedo defender el dogma de la Resurrección frente a las teorias de la reencarnación?

Pregunta:

Padre:
Me gustaría leer alguna obra fundamental sobre el tema de la resurrección. Además, me interesaría poder argumentar contra aquellos que sostienen la teoría de la reencarnación, para lo cual le solicito me brinde bibliografía. Creo deber de todo católico practicante defender sin atacar, con firmeza y con respeto las verdades de nuestra fe. Poseo formación filosófica.
Muchas gracias.
Atentamente.
Ernesto, de Argentina

Respuesta:
Estimado Ernesto:

Sobre el tema de la reencarnación los mejores escritos son los de Mons. Boaventura Kloppenburg. No tengo las ediciones de sus libros (algunos en portugués), pero tal vez pueda conseguirlos por internet. Sobre la resurrección le recomiendo el libro de Antonio Royo Marín, ‘Teología de la salvación’, BAC, Madrid; que tiene un capítulo muy bueno al respecto; otro clásico es el Cándido Pozo, ‘Teología del más allá’, BAC, Madrid. Este último es un libro altamente documentado donde encontrará abundante bibliografía para ampliar.

También le recomiendo el documento ‘Esperamos la resurrección y la vida eterna’, de la Comisión Episcopal para la Doctrina de la Fe, del 26 de noviembre de 1995. Está en Internet. (http://www.mercaba.org/cee/C-P/obis-56.htm)

En Cristo y María.

P. Miguel A. Fuentes, IVE

cremación

¿Permite la Iglesia la cremación de los cadáveres?

Pregunta:

Mi nombre es…, vivo en Tijuana B.C., México. Quiero consultar si la Iglesia Católica permite la cremación de las personas cuando se mueren.

 

Respuesta:

Estimado:

La cremación o incineración consiste en reducir, mediante el fuego, el cadáver a cenizas. El Código de Derecho Canónico, en el canon 1176, establece lo siguiente sobre la sepultura de los muertos: ‘1. A los fieles difuntos se les han de dar exequias eclesiásticas, a tenor del derecho. 2. Las exequias eclesiásticas, mediante las cuales la Iglesia impetra para los difuntos la ayuda espiritual y honra sus cuerpos a la vez que proporciona a los vivos el consuelo de la esperanza, se deben celebrar a tenor de las leyes litúrgicas. 3. La Iglesia recomienda encarecidamente que se conserve la piadosa costumbre de sepultar los cuerpos de los difuntos; sin embargo, no prohibe la cremación, a menos que haya sido elegida por razones contrarias a la doctrina cristiana’.

El cadáver, una vez privado del elemento espiritual que sustancialmente le daba forma, no puede considerarse ya una persona esencialmente inviolable en sus atributos, por lo que ningún motivo de carácter intrínseco podría evitar su incineración. Puede, pues, afirmarse que la cremación de suyo no es contraria a ningún precepto, ni de ley natural ni de ley divina positiva. En algunos casos, incluso, puede ser el modo conveniente de proceder (por ejemplo, en casos de epidemias, grandes mortandades, catástrofes, etc.). Sin embargo, se convierte en algo ilícito cuando es realizada como una afirmación de ateísmo, o como una forma de manifestar que no se cree en la inmortalidad del alma o en la resurrección de la carne. En estos casos, se hace ilícita por ser el modo de profesar públicamente una doctrina errónea y herética.

P. Miguel A. Fuentes, IVE