blasfemia

¿Es siempre pecado la Blasfemia?

Pregunta:

Estimado Padre: Lamentablemente se me ha pegado la costumbre de blasfemar de tanto escucharla en mi familia. Muchas veces no me doy cuenta de que blasfemo hasta que se me escapa la palabra. Siempre me arrepiento, pero me queda la duda: ¿es pecado lo que hago? Le agradeceré su consejo.

Respuesta:

Estimado amigo:

1. Se define la blasfemia como ‘una palabra o un dicho injurioso contra la divinidad’. En sentido estricto consiste en la palabra proferida oralmente, pero es claro que también las expresiones injuriosas contra Dios formuladas con la mente o con la imaginación constituyen una blasfemia verdadera y propiamente tal. Los teólogos reducen a este pecado también las acciones injuriosas contra Dios (por ejemplo, escupir al cielo y otras acciones semejantes con las que se intenta demostrar desprecio por Dios) que pueden fácilmente compararse con el sacrilegio si se dirigen contra Dios en las cosas consagradas a él (escupir o pisotear el crucifijo). La blasfemia llega a su extremo en aquel que no contento con proferirla con la boca la pone por escrito o la divulga por la prensa o la imprenta.

2. Las expresiones o las acciones pueden ser injuriosas para con Dios de varias maneras. Se puede:

a) atribuir a Dios lo que no le conviene (diciendo, por ejemplo, que es injusto, o autor del pecado)

b) negarle lo que le es propio (por ejemplo, su amor paterno para con sus criaturas)

c) atribuir lo que es exclusivamente propio de Dios a las criaturas, o, lo que es peor, afirmar que las criaturas son mejores que Él (por ejemplo, afirmando que Satanás es más poderoso que Dios);

d) hablar con desprecio de Dios o nombrar su nombre o las cosas o personas sagradas con escarnio por desprecio a Él o a la religión;

e) maldecir, imprecar o ultrajar a Dios o a los Santos.

La blasfemia puede ser directa o indirectamente contra Dios. En el último caso se dirige inmediatamente contra las personas o las cosas en cuanto son amadas de Dios: los santos, las criaturas mas excelentes, en las cuales resplandece principalmente la grandeza de Dios (como el cielo, el mundo, el alma, la religión, etc.), las cosas sagradas, como los Sacramentos, etc. Puede ser querida en cuanto tal, esto es, como ultraje a Dios (blasfemia diabólica, blasfemia querida directamente) o puede ser mas bien un desahogo de ira hacia las criaturas, de impaciencia, etc. (blasfemia indirectamente querida). Si la blasfemia contiene una afirmación o negación contra la fe se llama blasfemia herética.

3. En cuanto a la gravedad, la blasfemia, tanto la directa como la indirectamente querida, cuando es proferida con plena conciencia y deliberación, es un pecado gravísimo, siempre y sin excepción. Esta blasfemia es en efecto, una falta al deber más elemental de la criatura para con su Creador: el reconocimiento de su suprema autoridad. Es, por consiguiente, el ultraje máximo que se puede dirigir a la más alta dignidad y un acto de extrema rebeldía. Implica además la mayor degradación de la criatura en cuanto tal, cuya perfección consiste precisamente en su subordinación a Dios. Por lo que es más grave en su esencia que todos los demás pecados contra el decálogo (como, por ejemplo, el del homicidio) aun cuando, como sabiamente advierte Santo Tomás (Suma Teológica, II-II. q. 13, a. 3, ad 1) en cuanto a su eficiencia sea menor que el homicidio, ya que el homicidio produce más daño al prójimo que la blasfemia a Dios, al cual nadie puede dañar.

Se ha de notar, sin embargo, que sólo se debe juzgar blasfemia aquella expresión que, o por su aceptación común, o por su significado natural, o por la intención de quien la profiere es injuriosa para con Dios, y sólo en el caso de que sea proferida como una aserción, no cuando simplemente se refiere como un suceso.

El Catecismo de la Iglesia Católica resume la doctrina católica sobre la blasfemia diciendo (nn. 2148-2149): ‘La blasfemia se opone directamente al segundo mandamiento. Consiste en proferir contra Dios interior o exteriormente palabras de odio, de reproche, de desafío; en injuriar a Dios, faltarle al respeto en las expresiones, en abusar del nombre de Dios. Santiago reprueba a ‘los que blasfeman el hermoso Nombre (de Jesús) que ha sido invocado sobre ellos’ (St 2, 7). La prohibición de la blasfemia se extiende a las palabras contra la Iglesia de Cristo, los santos y las cosas sagradas. Es también blasfemo recurrir al nombre de Dios para justificar prácticas criminales, reducir pueblos a servidumbre, torturar o dar muerte. El abuso del nombre de Dios para cometer un crimen provoca el rechazo de la religión. La blasfemia es contraria al respeto debido a Dios y a su santo nombre. Es de suyo un pecado grave (Cf. Código de Derecho Canónico, 1369). Las palabras malsonantes que emplean el nombre de Dios sin intención de blasfemar son una falta de respeto hacia el Señor. El segundo mandamiento prohíbe también el uso mágico del Nombre divino. ‘El Nombre de Dios es grande allí donde se pronuncia con el respeto debido a su grandeza y a su Majestad. El nombre de Dios es santo allí donde se le nombra con veneración y temor de ofenderle’ (San Agustín, De Sermone Domini in monte, 2, 45, 19: PL 34, 1278)’.

P. Miguel Á. Fuentes, IVE

pecado mortal

¿Tienen méritos las oraciones y las obras buenas que hace una persona que se encuentra en Pecado Mortal?

Pregunta:

Consulta: ¿Tienen méritos las oraciones y las obras buenas que hace una persona que se encuentra en Pecado Mortal? En el supuesto anterior: a) ¿Qué sucede si la persona tiene la intención de confesarse y restablecer su amistad con Dios, en cuánto pueda? b) ¿Qué sucede si la persona vive en una situación en la que no es posible restablecer la Gracia (por ejemplo un divorciado que vive con otra persona)? Me parece que muchas personas que cometen algún pecado sienten que su oración ya no sirve, y se apartan de las prácticas piadosas, quedando entonces más débiles para afrontar nuevas tentaciones. Gracias de antemano.

Respuesta:

Estimado:

Es una condición esencial para que una obra sea meritoria el que sea realizada en estado de gracia. Los teólogos se han planteado qué ocurre cuando uno ha hecho obras meritorias y luego peca y nuevamente se convierte. Hablan en tal caso de ‘reviviscencia’ de los méritos anteriores. Pero, como explica Santo Tomás (Suma Teológica III,89,5) no significa esto que esos méritos ‘mueren’ por el pecado y luego reviven; en realidad los méritos permanecen ante Dios, pero no tienen eficacia para llevar a la vida eterna a la persona que los mereció por el impedimento que introduce el pecado. Al salir del pecado por la penitencia, el impedimento desaparece y esas obras recuperan la eficacia de conducir a la vida eterna a quienes los hicieron.

En cambio, las obras buenas de quien está en pecado mortal, sin dejar de ser buenas, no son meritorias sobrenaturalmente; por eso cuando la persona que las ha realizado sale del pecado éstas no pueden recuperar el mérito pues nunca lo tuvieron. Estas obras, dice Santo Tomás (Suma Teológica, III, 89, 6) se llaman ‘muertas’, porque aunque son buenas por su género se realizan sin la caridad que es el principio de vida. ‘Estas obras no pueden retornar al principio, porque pasan y no pueden ser realizadas nuevamente con la misma individualidad. Por tanto es imposible que las obras muertas revivan por la penitencia’.

No quita esto que esas obras sean buenas humanamente hablando y que tengan mérito ante los hombres. Pero carecen de mérito sobrenatural.

P. Miguel A. Fuentes, IVE

Defecto Dominante

¿Qué es el Defecto Dominante?

Pregunta:

Estimado Padre: He leído en un libro de espiritualidad que debemos luchar contra nuestro defecto dominante. No entiendo qué significa esto; ¿podría usted explicarme qué es el ‘defecto dominante’? Gracias.

 

Respuesta:

Estimado:

1. Naturaleza.

Con la palabra ‘defecto’ se designa entre otras cosas la propensión o proclividad a un determinado acto pecaminoso producida por la repetición frecuente del mismo acto. Todos nacemos con predisposiciones naturales a ciertos actos buenos y a otros malos. Si la voluntad no se opone desde el principio a estas predisposiciones connaturales al mal, éstas adquieren pronto mayor vigor y se convierten en verdaderos defectos. ‘Defecto dominante’ en el hombre es aquella proclividad cuyo impulso es más frecuente y más fuerte, aunque no siempre se observe.

2. Efectos.

El defecto dominante es un enemigo que llevamos siempre y en todas partes con nosotros y que a menudo nos lleva a cometer faltas o pecados. Este defecto es tanto más terrible cuanto que es un arma poderosa de la cual se sirve el demonio para inducirnos al pecado. Si el defecto dominante no es combatido enérgicamente irá cegando poco a poco la mente llevando al hombre a culpas cada vez más frecuentes y más graves.

3. Modos de combatirlo

Para combatir el defecto dominante es necesario ante todo conocerlo, lo cual no se consigue fácilmente; más aún, muchas veces parece que no hay cosa que nos repugne tanto o nos dé tanto miedo como conocernos a fondo. Para conocer nuestro defecto dominante hemos de orar y examinarnos acerca de las infidelidades que más fácilmente y a menudo cometemos, indagando la causa íntima de estas culpas; es también conveniente observar el objeto a que se dirigen nuestros pensamientos y deseos espontáneamente, así como lo que más nos desagrada en los demás, que con frecuencia suele ser lo que domina en nosotros. Otro medio de actuar es abrir sinceramente el corazón al confesor que de esta manera nos conocerá a fondo y podrá indicarnos nuestro defecto dominante. También debemos tener en cuenta las reprensiones que se nos hacen, pues frecuentemente nos pueden servir para conocer el estado de nuestra alma. Después de haber conocido nuestro defecto dominante es necesario trabajar sin tregua en extirparlo, especialmente con el ejercicio de las virtudes más directamente contrarias a él. Para conseguir nuestro intento habremos de orar mucho y examinarnos sobre los progresos que hacemos. San Ignacio y otros santos aconsejan que se anoten las veces que durante el día o durante la semana cae uno en el defecto dominante, para poder darse cuenta del adelanto o del posible retroceso. Para desarraigar el defecto dominante es un medio muy eficaz el excitarse internamente a dolor e imponerse una pequeña penitencia cada vez que se cae en tal defecto. A veces se requieren varios años de dura lucha para desarraigar un defecto, pero no debemos creer que estos esfuerzos son inútiles: con la gracia del Señor se pueden reformar las naturalezas más rebeldes. Tampoco nos hemos de creer vencedores hasta el punto de descuidar toda vigilancia durante el resto de nuestra vida.

P. Miguel A. Fuentes, IVE

pereza

¿Es pecado la pereza?

Pregunta:

¿Qué gravedad tiene el pecado de pereza? Considero que soy perezoso en el cumplimiento de mis obligaciones, no obstante que me gradué de la universidad con muy buenas notas; no me he titulado y de esto hace ya más de un año y no he buscado trabajo aún todavía, aunque por mi posición económica no lo requiero de inmediato y no hay nadie que dependa de mí. Pero estoy perdiendo el tiempo. Me he tratado de enmendar y estoy avanzando en mi tesis, pero a ritmo muy lento y de una forma no muy diligente aunque me empeño en romper este vicio. Pero como no lo he vencido, me mantiene muy intranquilo. No se habla mucho sobre la pereza; ¿qué tipo de pecado es: mortal o venial? ¿cómo medir su gravedad? ¿Cómo tener un criterio cierto y no laxo ni escrupuloso para juzgarme? Espero su respuesta. Gracias y Dios les bendiga.

 

Respuesta:

La pereza es la tendencia a la ociosidad o por lo menos a la negli­gencia y al entorpecimiento en la acción. Se llama acedia cuando se refiere a la pereza respecto del procurar la amistad con Dios y los bienes espirituales, a causa de los esfuerzos exigidos para su conservación. En este caso se aproxima a la tibieza espiritual.

La gravedad se mide, por lo general, por la importancia de las obligaciones que ella hace descuidar. Puede, por tanto, ser leve o grave, según las omisiones o negligencias que suscite.

La acedia llega a rechazar el gozo que viene de Dios y a sentir horror por el bien divino. Se opone a la caridad porque hace que el hombre no encuentre placer en Dios y considere las cosas que se refieren a Dios como cosa triste, sombría y melancólica.

Cuando se trata de una simple tentación o estado involuntario de abatimiento y desgano no es pecado. Pero cuando se trata de una positiva y voluntaria resistencia a las cosas divinas constituye un pecado grave contra la caridad para con Dios.

En cuanto a los pecados que este vicio engendra, los autores espirituales lo consideran madre de todos los vicios.

Los remedios que deben prescribirse para vencerla serán:

1º Convencerse de la necesidad de producir fruto, de la gravedad de las omisiones que pueden resultar de la pereza; del peligro del hábito de pereza; de la gravedad que implica al ponernos en ocasión de todos los pecados.

2º Contemplar el ejemplo y las enseñanzas de Cristo y los santos.

3º Trabajar la voluntad y el carácter, habituándose a superarse en pequeños esfuerzos, hasta adquirir la firmeza y constancia en el obrar

P. Miguel A. Fuentes, IVE

cremación

¿Permite la Iglesia la cremación de los cadáveres?

Pregunta:

Mi nombre es…, vivo en Tijuana B.C., México. Quiero consultar si la Iglesia Católica permite la cremación de las personas cuando se mueren.

 

Respuesta:

Estimado:

La cremación o incineración consiste en reducir, mediante el fuego, el cadáver a cenizas. El Código de Derecho Canónico, en el canon 1176, establece lo siguiente sobre la sepultura de los muertos: ‘1. A los fieles difuntos se les han de dar exequias eclesiásticas, a tenor del derecho. 2. Las exequias eclesiásticas, mediante las cuales la Iglesia impetra para los difuntos la ayuda espiritual y honra sus cuerpos a la vez que proporciona a los vivos el consuelo de la esperanza, se deben celebrar a tenor de las leyes litúrgicas. 3. La Iglesia recomienda encarecidamente que se conserve la piadosa costumbre de sepultar los cuerpos de los difuntos; sin embargo, no prohibe la cremación, a menos que haya sido elegida por razones contrarias a la doctrina cristiana’.

El cadáver, una vez privado del elemento espiritual que sustancialmente le daba forma, no puede considerarse ya una persona esencialmente inviolable en sus atributos, por lo que ningún motivo de carácter intrínseco podría evitar su incineración. Puede, pues, afirmarse que la cremación de suyo no es contraria a ningún precepto, ni de ley natural ni de ley divina positiva. En algunos casos, incluso, puede ser el modo conveniente de proceder (por ejemplo, en casos de epidemias, grandes mortandades, catástrofes, etc.). Sin embargo, se convierte en algo ilícito cuando es realizada como una afirmación de ateísmo, o como una forma de manifestar que no se cree en la inmortalidad del alma o en la resurrección de la carne. En estos casos, se hace ilícita por ser el modo de profesar públicamente una doctrina errónea y herética.

P. Miguel A. Fuentes, IVE