Pregunta:
He recibido varias consultas. Cito tres:
1) Atento teólogo: Le agradezco el tiempo que se esta tomando para leer esta carta. Deseo preguntarle algo sobre vocaciones. ¿Qué hacer cuando un joven encuentra dentro de sí un deseo fuerte por llevar una vida religiosa, pero ha descubierto que le atraen físicamente las personas de su mismo sexo? Espero su respuesta. De antemano, gracias.
2) Soy sacerdote católico; dirijo espiritualmente a un joven que siente inclinación hacia el sacerdocio. Tiene inclinación homosexual y aunque siente tentaciones, nunca ha consentido ni ha tenido relación sexual alguna. Vive una vida cristiana seria y comprometida. Goza de capacidad intelectual y don de gente. Mi consulta es la siguiente: ¿Hay algún impedimento desde el Derecho Canónico u otra disposición de la Iglesia para que pueda ser ordenado sacerdote? ¿Cómo se le ha de orientar en su caso concreto?. Gracias
3) Un homosexual no practicante y que ha tomado la seria determinación de abstenerse de relaciones sexuales, como lo manda nuestra Iglesia, ¿puede dedicar su vida al celibato apostólico dentro de alguna congregación, como sacerdote o en alguna asociación de laicos? ¿O existe algún impedimento al respecto que pueda ponerlo en ocasión de pecado?
Respuesta:
Estimado:
Para que el llamado de Dios sea auténtico (o sea, venga efectivamente de Dios) se requiere: idoneidad física y psíquica, idoneidad intelectual e idoneidad moral. Si lo que usted llama ‘atracción’ hacia jóvenes del mismo sexo es sólo una tentación pasajera, tal vez propia de alguna etapa evolutiva que puede presentarse en algunas personas (esto se pone de manifiesto en que es fácilmente rechazada, no llega a perturbar la conciencia más de cuanto lo puede hacer cualquier tipo de tentación y desaparece con el tiempo), no parecería haber ningún problema. Pero si en cambio se trata de una ‘inclinación’ propiamente dicha, firme y arraigada, fuente constante de tentaciones, aunque no estemos ante una persona abiertamente ‘homosexual’, sin embargo, tal inclinación es signo de que no hay idoneidad moral (Puede leer al respecto de Pablo VI: Sacerdotalis coelibatus, especialmente el n. 64; y de Pío XI: Ad Catholici sacerdotii, especialmente el n. 55).
Para el sacerdocio es fundamental la vida del celibato y la posibilidad de vivirlo con serenidad y sin dramaticidad. La tendencia homosexual es una desviación de orden afectivo y si es consentida se convierte en pecado grave contra la castidad (ya sea de pensamiento o de obra). Es claro que es un signo de manifiesta falta de idoneidad para la vida consagrada (no sólo por el hecho de que el seminarista, el sacerdote o el religioso convivirá con personas de su mismo sexo lo que sería para él ‘ocasión próxima de pecado’, sino porque esta desviación es en sí un desvío afectivo). El Papa Juan Pablo II ha abordado en varias ocasione este tema. Creo que es muy importante lo que ha dicho en el discurso a un grupo de obispos del Brasil el 5 de setiembre del 2000: ‘Es mi deber encarecer una renovada atención a la selección de las vocaciones al Seminario, poniendo todos los medios a disposición para lograr un adecuado conocimiento de los candidatos, en particular desde el punto de vista moral y afectivo… Que ningún obispo se sienta excluido de este deber de conciencia. Tendrá que rendir cuentas directamente ante Dios… Sería lamentable que por una malentendida tolerancia, se admitiera a la ordenación a jóvenes inmaduros o con evidentes signos de desviaciones afectivas, que como es tristemente conocido pueden causar grave escándalo en la conciencia de los fieles y daño evidente para toda la Iglesia’. Por ello, recordó que ‘la fidelidad a la doctrina sobre el celibato sacerdotal por el Reino de los Cielos debe ser considerada con gran estima por la Iglesia’. Y especialmente, insistió, ‘cuando se trata de discernir en los candidatos al sacerdocio la llamada a una entrega incondicional y plena… Es necesario recordarles que el celibato no es un elemento extrínseco e inútil una superestructura a su sacerdocio, sino una conveniencia íntima para participar en la dignidad de Cristo y en el servicio de la nueva humanidad’.
La Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, con fecha de 16 de Mayo de 2002 dio una clara ‘Respuesta a cuestiones sobre la Ordenación de Homosexuales’ (Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, Respuesta a cuestiones sobre la Ordenación de Homosexuales, 16 de mayo de 2002, Prot. n. 886/02/0. Firma Jorge A. Cardinal. Medina Estévez, Prefecto):
‘La Congregación para el Clero ha enviado a esta Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos una carta de su Excelencia, pidiéndonos que clarifiquemos la posibilidad de que hombres con tendencias homosexuales puedan recibir la ordenación presbiteral. Esta Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, consciente de la experiencia resultante de muchas causas instruidas con el propósito de obtener la dispensa de las obligaciones que derivan de la Sagrada Ordenación, y luego de debida consulta con la Congregación para la Doctrina de la Fe, expresa su juicio como sigue: la ordenación al diaconado y al presbiterado de hombres homosexuales u hombres con tendencias homosexuales es absolutamente desaconsejable e imprudente y, desde el punto de vista pastoral, muy riesgoso. Una persona homosexual, o una con tendencia homosexual no es, por consiguiente, apropiada para recibir el sacramento de las Sagradas Ordenes’ .
P. Miguel A. Fuentes, IVE