bautismo

¿Puede un sacerdote negar el Bautismo?

Pregunta:

Hay gente que ni está bautizada ni ha recibido los sacramentos de la iniciación cristiana, y que al traer a sus hijos a bautizar se niega a recibir una catequesis. Si nadie garantiza la educación cristiana de un niño, ¿hago bien en negar el bautismo? Algún amigo sacerdote me dice que hay que bautizar porque el sacramento del bautismo obra ex opere operato y que, al darlo, ponemos en el niño una semilla de futura vida cristiana… Pero esto me parece absurdo. ¿Estoy en lo cierto? Según él todo niño tiene derecho a recibir el bautismo, y no se le puede negar. Un caso semejante se me plantea cuando piden el bautismo de un niño, padres divorciados y vueltos a juntar; ¿cuál es su opinión?

 

Respuesta:

Estimado Padre:

         En el caso por Usted descrito no se puede negar el bautismo. Dice explícitamente el Código de Derecho Canónico: «Los ministros sagrados no pueden negar los sacramentos a quienes los pidan de modo oportuno, estén bien dispuestos y no les sea prohibido por el derecho recibirlos»[1]. Los «bien dispuestos» a quienes se refiere aquí son las personas que deben recibir el sacramento, y no sus padres o padrinos.

         Si bien es cierto que en otra parte también se dice que es condición, para la licitud la administración del bautismo (no para la validez), el que haya esperanza fundada de que el niño va a ser educado en la religión católica[2], en ese mismo lugar se dice que en todo caso se difiera el bautismo –no que se niegue– si falta por completo esa esperanza. Pastoralmente el párroco debería procurar suplir esa falta.

         Respecto del bautismo de niños de padres divorciados y vueltos a casar le transcribo cuanto dice Antonio Mostaza: «Si ambos padres, o al menos uno de ellos, solicitan el bautismo para sus niños y garantizan una verdadera educación cristiana para los mismos, no existe razón alguna para negarles ni aplazarles la administración del bautismo.

         Incluso podrán ser admitidos al bautismo, aunque tales padres no estuviesen en condiciones de garantizarles dicha educación, si consienten en que tal empeño pueda ser asumido por los padrinos o por un pariente próximo y éstos se comprometen a cumplir esa misión, habiendo esperanza fundada de su realización.

         Si la demanda del bautismo la hacen los padres casados por lo civil, a quienes nada impide regularizar su situación casándose canónicamente, deberá el párroco hacerles ver la contradicción entre la petición del bautismo para sus hijos y su propio estado, que rechaza el amor conyugal de los bautizados.

         En esta cuestión creemos que han de evitarse dos actitudes extremas: por un lado, la rígida severidad contraria al mandato evangélico, que nos prohibe apagar la mecha que todavía humea y, en consecuencia, rechazar de plano el bautismo de los niños, hijos de padres no practicantes o no creyentes, y por otro, la excesiva debilidad o complacencia de admitir tales niños al bautismo sin que exista la menor esperanza de que van a ser educados cristianamente, pues en este caso se entrega la fe al perjurio y la Iglesia a la descristianización, ya que, como se ha dicho certeramente, una sacramentalización sin evangelización previa contribuye a descristianizar»[3].

P. Miguel A. Fuentes, IVE

 

Bibliografía para profundizar:

Manzanares-Mostaza-Santos, Nuevo Derecho Parroquial, BAC, Madrid 1990.

[1] Código de Derecho Canónico, c. 843, 1.

[2] Código de Derecho Canónico, c. 868, 2.

[3] Manzanares-Mostaza-Santos, Nuevo Derecho Parroquial, BAC, Madrid 1990, pp. 137-138.

limbo

¿Que es el limbo para la teología católica?

Pregunta:

Estimado Padre, ¿podría hablarme sobre exactamente qué es para nosotros los cristianos el Limbo?

Respuesta:

El limbo es lo que en el Credo se designa como ‘infiernos’ cuando se afirma que ‘Jesucristo descendió a los infiernos’. Explica este artículo el Catecismo al enseñar: ‘La Escritura llama infiernos, sheol o hades a la morada de los muertos donde bajó Cristo después de muerto, porque los que se encontraban allí estaban privados de la visión de Dios. Tal era, en efecto, a la espera del Redentor, el estado de todos los muertos, malos o justos, lo que no quiere decir que su suerte sea idéntica como lo enseña Jesús en la parábola del pobre Lázaro recibido en el ‘seno de Abraham’. Son precisamente estas almas santas, que esperaban a su Libertador en el seno de Abraham, a las que Jesucristo liberó cuando descendió a los infiernos. Jesús no bajó a los infiernos para liberar allí a los condenados ni para destruir el infierno de la condenación, sino para liberar a los justos que le habían precedido’. (nº 633)

Y más adelante (nº 635): ‘Cristo, por tanto, bajó a la profundidad de la muerte para que los muertos oigan la voz del Hijo de Dios y los que la oigan vivan. Jesús, el Príncipe de la vida (Hch 3,15), aniquiló mediante la muerte al señor de la muerte, es decir, al diablo y libertó a cuantos, por temor a la muerte, estaban de por vida sometidos a esclavitud (Hb 2,14-15). En adelante, Cristo resucitado tiene las llaves de la muerte y del Hades (Ap 1,18) y al nombre de Jesús toda rodilla se doble en el cielo, en la tierra y en los abismos(Flp 2,10)’.

El catecismo de Trento, promulgado después del Concilio de Trento, al explicar los lugares donde están detenidas después de la muerte las almas privadas de gloria, enseña que ‘hay una tercera clase de cavidad, en donde residían las almas de los Santos antes de la venida de Cristo Señor Nuestro, en donde, sin sentir dolor alguno, sostenidos con la esperanza dichosa de la redención, disfrutaban de pacífica morada. A estas almas piadosas que estaban esperando al Salvador en el seno de Abraham, libertó Cristo Nuestro Señor al bajar a los infiernos’ (Catecismo de Trento, parte 1, cap. 6, n. 3).

En la literatura más reciente se emplea esta palabra para indicar el lugar y la situación en que se encuentran los niños y quienes se les equiparan, que mueren sin haber recibido el sacramento del bautismo: ‘el limbo de los niños’. Este problema de quienes mueren sin haber llegado al uso de razón y sin haber sido bautizados ha dado lugar a diversas teorías:

-Sauras afirma que obtienen la gloria por el voto real del bautismo;

-Boudes también lo afirma, pero en razón de la solidaridad con Cristo;

-Héris y antiguamente Cayetano, creen que se salvan por la fe de los padres.

-Laurenge opina lo mismo pero en razón de una opción personal después de la muerte.

-García-Plaza supone una iluminación extraordinaria que les hace hacer un acto de caridad perfecta.

-Schell cree que se les computa la propia muerte como martirio, etc.

A falta de datos escriturísticos es necesario recurrir al pensamiento de los Santos Padres. Éstos han afirmado claramente la existencia del limbo (cf. por ejemplo, San Gregorio Nacianceno, PG 36,385-390; San Agustín, PL 40,275). En general los Padres y teólogos han afirmado la existencia del limbo como lugar y estado de aquellos que habiendo muerto antes de llegar al uso de razón y sin bautismo, y por tanto con pecado original pero sólo con él, son privados de la visión de Dios, que es don gratuito y personal, aunque no sean castigados con penas aflictivas, sino que pueden gozar de una felicidad natural.

El Magisterio no se ha expedido nunca sobre esta cuestión, aunque tenemos un par de datos debidos al magisterio de Juan Pablo II:

-el primero se refiere a los que mueren en razón del aborto; de ellos dice el Papa escribiendo a las madres que han realizado el aborto: ‘Si aún no lo habéis hecho, abríos con humildad y confianza al arrepentimiento: el Padre de toda misericordia os espera para ofreceros su perdón y su paz en el sacramento de la Reconciliación. Podéis confiar con esperanza a vuestro hijo a este mismo Padre y a su misericordia.’ (Evangelium vitae, 99);

-el segundo está en el Catecismo: ‘En cuanto a los niños muertos sin Bautismo, la Iglesia sólo puede confiarlos a la misericordia divina, como hace en el rito de las exequias por ellos. En efecto, la gran misericordia de Dios, que quiere que todos los hombres se salven y la ternura de Jesús con los niños, que le hizo decir: Dejad que los niños se acerquen a mí, no se lo impidáis (Mc 10,14), nos permiten confiar en que haya un camino de salvación para los niños que mueren sin Bautismo. Por esto es más apremiante aún la llamada de la Iglesia a no impedir que los niños pequeños vengan a Cristo por el don del santo Bautismo’ (Catecismo de la Iglesia Católica, nº 1261).

P. Miguel A. Fuentes, IVE