¿Qué debe entenderse por profanación de la Eucaristía?

Pregunta:

¿Qué debe entenderse por ‘profanación’ de la Eucaristía? ¿Cuál es la pena de quien profana el Santísimo Sacramento?

 

Respuesta:

Estimado:

Queda excomulgado automáticamente no sólo quien ‘arroja’ o ‘retiene’ indebidamente hostias consagradas, sino también quien, ‘sin sacarlas del sagrario, de la custodia o del altar, las hace objeto de un acto externo, voluntario y grave de desprecio’. En este caso la excomunión no requiere el pronunciamiento del obispo o del tribunal eclesiástico. Lo aclara una nota explicativa que acompaña una respuesta del Consejo pontificio para la interpretación de los textos legislativos, a quien se le había pedido que aclare el canon 1367 del Código de Derecho Canónico.

‘Quien arroja por tierra las especies consagradas –dice el Código que regula la vida de la Iglesia católica–, o las lleva o retiene con una finalidad sacrílega, incurre en excomunión latae sententiae reservada a la Sede Apostólica’. A más de uno le entró la duda de si la excomunión es provocada a causa de la acción de ‘arrojar’ (‘abicere’, según el original en latín), en sentido literal, o si más bien se refiere a los actos de desprecio contra la Eucaristía.

La respuesta del arzobispo Julián Herranz, presidente del este organismo vaticano, es clara. Según el Consejo pontificio, hay que entender este canon del Código de Derecho Canónico en su formulación más amplia, de modo que ‘cualquier acción voluntaria y gravemente despreciativa se debe considerar incluida’ en esa expresión.

El verbo ‘arrojar’, añade el monseñor Herranz, ‘no se debe entender sólo en el sentido estricto de arrojar por tierra, ni tampoco genéricamente en el sentido de profanar, sino en el significado más amplio de despreciar, humillar. Por tanto, comete un grave delito de sacrilegio contra el Cuerpo y la Sangre de Cristo quien se lleva o conserva las sagradas Especies con fin sacrílego (obsceno, supersticioso e impío) y quien sin sacarlas del sagrario, de la custodia o del altar, las hace objeto de un acto externo, voluntario y grave de desprecio. A quien es culpable de este delito es conminada, en la Iglesia latina, la pena de la excomunión ‘latae sententiae’ (es decir, automática) cuya absolución está reservada a la Santa Sede’.

El arzobispo Herranz recuerda en la nota que la Eucaristía es el centro y la raíz de la vida de la Iglesia. Por eso, ‘se comprende el cuidado y el empeño de los pastores de la Iglesia para que este Don inestimable sea profunda y religiosamente amado, tutelado y rodeado de aquel culto que exprese del mejor modo posible a la limitación humana la fe en la Presencia real de Cristo –cuerpo, sangre, alma y divinidad– bajo las especies eucarísticas, también después de la celebración del Santo Sacrificio’.

Juan Pablo II ordenó la publicación de esta interpretación del Código de Derecho Canónico en una audiencia ofrecida a monseñor Herranz el pasado 3 de julio (Cf, Zenit, 9 de julio de 1999).

P. Miguel A. Fuentes, IVE

purgatorio

¿Existe el purgatorio?

Pregunta:

¿En qué se basa la Iglesia para afirmar que existe el purgatorio?

 

Respuesta:

Le transcribo la enseñanza del Catecismo de la Iglesia Católica (Catecismo de la Iglesia Católica, 1030-1032).

‘Los que mueren en la gracia y en la amistad de Dios, pero imperfectamente purificados, aunque están seguros de su eterna salvación, sufren después de su muerte una purificación, a fin de obtener la santidad necesaria para entrar en la alegría del cielo’.

La Iglesia llama Purgatorio a esta purificación final de los elegidos que es completamente distinta del castigo de los condenados. La Iglesia ha formulado la doctrina de la fe relativa al Purgatorio sobre todo en los Concilios de Florencia y de Trento. La tradición de la Iglesia, haciendo referencia a ciertos textos de la Escritura, habla de un fuego purificador: ‘Respecto a ciertas faltas ligeras, es necesario creer que, antes del juicio, existe un fuego purificador, según lo que afirma Aquel que es la Verdad, al decir que si alguno ha pronunciado una blasfemia contra el Espíritu Santo, esto no le será perdonado ni en este siglo, ni en el futuro (Mt 12,31). En esta frase podemos entender que algunas faltas pueden ser perdonadas en este siglo, pero otras en el siglo futuro’ [San Gregorio Magno].

Esta enseñanza se apoya también en la práctica de la oración por los difuntos, de la que ya habla la Escritura: ‘Por eso mandé [Judas Macabeo] hacer este sacrificio expiatorio en favor de los muertos, para que quedaran liberados del pecado’ (2 Mc 12,46). Desde los primeros tiempos, la Iglesia ha honrado la memoria de los difuntos y ha ofrecido sufragios en su favor, en particular el sacrificio eucarístico, para que, una vez purificados, puedan llegar a la visión beatífica de Dios. La Iglesia también recomienda las limosnas, las indulgencias y las obras de penitencia en favor de los difuntos: ‘Llevémosles socorros y hagamos su conmemoración. Si los hijos de Job fueron purificados por el sacrificio de su padre, ¿por qué habríamos de dudar de que nuestras ofrendas por los muertos les lleven un ciertoconsuelo? No dudemos, pues, en socorrer a los que han partido y en ofrecer nuestras plegarias por ellos’ [San Juan Crisóstomo]’.

P. Miguel A. Fuentes, IVE

María

Donde está Jesús, ¿está María?

Pregunta:

Donde está Jesús, ¿está María?

Respuesta:

Estimados:

Jesús y María están indisolublemente unidos. Lo afirma toda la tradición: ‘la Santísima Virgen, unida a Él con apretadísimo e indisoluble vínculo’ (Pío IX, bula Ineffabilis Deus).

La presencia física no es el único modo de presencia de un ser. Un ser puede estar también presente en un lugar en la medida en que actúa en él; así están presentes los ángeles en las diversas partes del mundo (Santo Tomás, Suma Teológica, I, q. 52, a.1). Lo mismo puede decirse análogamente de la presencia de María en el mundo. Ella está presente allí donde interviene con su poder.

Ahora bien, Ella está presente (actuando) donde está presente Jesucristo. Lo afirma con toda fuerza San Luis María Grignion de Montfort: ‘habiendo querido Dios comenzar y terminar sus más grandes obras por la Santísima Virgen desde que la formó, es para creer que no cambiará de conducta en los siglos de los siglos, pues es Dios y no cambia en sus sentimientos ni en su conducta’ (Tratado de la Verdadera Devoción, n. 15). Esto no es por necesidad de naturaleza (no lo exige la naturaleza de María, ni el poder divino, el cual podría actuar sin Ella; pero es así por libre disposición divina).

Por tanto, allí donde Jesús se hace presente y donde Jesús actúa en las almas, está presente María con su poder, en cuanto dispositiva de los corazones para que reciban a Jesucristo.

Por eso dice también el mismo santo que el Espíritu Santo ‘aunque no tenga absolutamente necesidad, reduce al acto su fecundidad produciendo en Ella y por Ella a Jesucristo y a sus miembros’ (ibid., n. 21). Y también: ‘La conducta que las tres Personas de la Santísima Trinidad han observado en la Encarnación y el primer advenimiento de Jesucristo, la observan todos los días, de una manera invisible, en la Santa Iglesia y la observarán hasta la consumación de los siglos en el último advenimiento de Jesucristo’ (Ibid., n. 22).

P. Miguel A. Fuentes, IVE

evangelios apócrifos

¿Qué son los evangelios apócrifos?

Pregunta:

En los últimos tiempos hay personas que se dedican a ensuciar la verdad de los evangelios basándose en otros evangelios llamados apócrifos. ¿Me podrían decir en qué consisten estos evangelios? y ¿porque no son aceptados por la Iglesia católica? (España)

 

Respuesta:

Desde los primeros tiempos, junto a los relatos canónicos (es decir, los reconocidos por la Iglesia católica) se elaboraron muchos otros textos de origen espúreo, que contenían una presentación de Jesús desconcertante, contradictoria e ilógica. Se distinguen completamente de los escritos neotestamentarios. En la edición de ‘Los Evangelios Apócrifos’ de Luigi Moraldi, ocupan más de 2.000 páginas. Hay dentro de ellos cosas muy valiosas, tal vez con datos y anécdotas históricas de Cristo que han pervivido en la tradición; pero están mezcladas con datos que son ciertamente falsos, como ser: errores geográficos de Palestina, falta de fidelidad histórica, relatos de milagros fantasiosos en la infancia de Cristo (en el Evangelio de Tomás, por ejemplo, aparece Cristo haciendo pajaritos de arcilla y dándoles vida con un soplo) o milagros punitivos (Cristo hace milagros para castigar a quienes no quieren aceptarlo) como en el Evangelio de Pedro.

Los Evangelios Apócrifos de los dos primeros siglos cristianos siguen substancialmente dos trayectorias: por un lado copian géneros y datos ya ofrecidos por el Nuevo Testamento (así, por ejemplo, tenemos los evangelios de la infancia de Jesús, los evangelios de su vida pública, los evangelios de la pasión, muerte y resurrección, las actas de los apóstoles, cartas apócrifas de Pablo y Apocalipsis apócrifos); por otro lado, se preocupan de suplir la sobriedad y los silencios de los Evangelios canónicos con una fantasmagoría de creaciones legendarias, en cuyo interior se esconden, de vez en cuando pepitas de oro de narraciones históricas.

Nunca han sido aceptados por la Iglesia, por no estar contenidos en el ‘Canon de Muratori’ que es una lista de los libros inspirados que hizo la Iglesia en el siglo II.

P. Miguel A. Fuentes, IVE

exorcismos

¿Qué es el exorcismo para la Iglesia Católica?

Pregunta:

Hola! Mi nombre es E. C., de Guatemala, y necesito alguna ayuda de su parte. Desearía saber si el exorcismo tiene alguna conexión o relación con la moral o la ética.

Respuesta:

El Catecismo de la Iglesia Católica afirma sobre el exorcismo: ‘Cuando la Iglesia pide públicamente y con autoridad, en nombre de Jesucristo, que una persona o un objeto sea protegido contra las asechanzas del maligno y sustraída a su dominio, se habla de exorcismo. Jesús lo practicó (Mc 1,25ss), de Él tiene la Iglesia el poder y el oficio de exorcizar (Cf. Mc 3,15; 6,7.13; 16,17). En forma simple, el exorcismo tiene lugar en la celebración del Bautismo. El exorcismo solemne sólo puede ser practicado por un sacerdote y con el permiso del obispo. En estos casos es preciso proceder con prudencia, observando estrictamente las reglas establecidas por la Iglesia. El exorcismo intenta expulsar a los demonios o liberar del dominio demoníaco gracias a la autoridad espiritual que Jesús ha confiado a su Iglesia. Muy distinto es el caso de las enfermedades, sobre todo psíquicas, cuyo cuidado pertenece a la ciencia médica. Por tanto, es importante asegurarse, antes de celebrar el exorcismo, de que se trata de una presencia del Maligno y no de una enfermedad’ (Catecismo de la Iglesia Católica, nº 1673).

Por su parte el Código de Derecho Canónico establece: ‘Sin licencia peculiar y expresa del Ordinario del lugar, nadie puede realizar legítimamente exorcismos sobre los posesos. El ordinario del lugar concederá esta licencia solamente a un presbítero piadoso, docto, prudente y con integridad de vida’ (Código de Derecho Canónico, 1172).

P. Miguel A. Fuentes, IVE