inmersión

¿Es posible hoy hacer el bautismo por inmersión en el rito latino?

Pregunta:

¿Es posible hoy hacer el bautismo por inmersión en el rito latino? ¿En qué casos? ¿Se requiere de licencia especial?

Respuesta:

Antiguamente era más común la forma de la inmersión, que ha dado nombre al mismo Bautismo. En efecto, enseña el Catecismo de la Iglesia Católica: «Este sacramento recibe el nombre de Bautismo en razón del carácter del rito central mediante el que se celebra: bautizar (baptizein en griego) significa «sumergir», «introducir dentro del agua»; la «inmersión» en el agua simboliza el acto de sepultar al catecúmeno en la muerte de Cristo de donde sale por la resurrección con El como «nueva criatura» (2 Co 5,17; Ga 6,15)»(n. 1214).Y, más adelante:«…El Bautismo es realizado de la manera más significativa mediante la triple inmersión en el agua bautismal. Pero desde la antigüedad puede ser también conferido derramando tres veces agua sobre la cabeza del candidato» (n.1239).

En El Código de Derecho Canónico, por su parte, se norma: «El bautismo se administra según el ritual prescrito en los libros litúrgicos aprobados…» (Can. 850). Y también: «El bautismo se ha de administrar por inmersión o por infusión, de acuerdo con las normas de la Conferencia Episcopal. Por tanto, hay que estar a lo que prescribe el Ritual de los Sacramentos, y las normas específicas de cada Conferencia Episcopal» (can. 854).

El Ritual de los Sacramentos, dice para el Bautismo de niños, en las Notas Preliminares: «2) Sigue la ablución de agua que puede hacerse por inmersión o infusión según las costumbras del lugar, e invocación de la Santísima Trinidad» (n. 18). Y las rúbricas del Ritual, dicen: «derrama agua sobre la cabeza del niño o lo sumerge por primera vez…» (n. 57), y, más abajo: «Si el Bautismo se celebra por inmersión, el niño es sacado de la fuente bautismal por las personas mencionadas»(es decir, los padres o los padrinos).

El OICA (Ordo initiationis christianae adultorum), por su parte, en los Praenotanda, establece: «La ablución significa la participación mística en la Muerte y Resurrección de Cristo, por la cual, los que creen en su nombre mueren al pecado y resucitan para la vida eterna. Por tanto, debe darse a este rito toda su importancia en la celebración del Bautismo, eligiéndose el rito de inmersión o de infusión, de manera que, conforme a las diversas tradiciones y circunstancias, se comprenda mejor que no es meramente un rito de purificación, sino un sacramento de unión con Cristo» (n. 32). El Ritual de la Iniciación Cristiana de Adultos, por su parte, prescribe en la rúbrica: «Si el bautismo se hace por inmersión, ya sea de todo el cuerpo, ya sea de la cabeza solamente, se tendrán en cuenta las exigencias del pudor y del recato. El padrino o la madrina, o ambos, tocan al ahijado. El celebrante, tocando al electo, lo sumerge totalmente o sólo la cabeza, por tres veces, invocando una sola vez a la Santísima Trinidad» (n. 220 y n. 261 -rito simplificado-).

Debemos concluir, pues, que es posible -según el nuevo Ritual- el bautismo por inmersión en el rito latino, pero hay que tener en cuenta que la costumbre es la ablución por infusión, que era más bien reservada a los casos de enfermos, pero que se ha impuesto en el rito romano desde el siglo XI, y ha sido prescrita por el Ordo Baptismi del Ritual Romano del Concilio de Trento. La inmersión parece significar mejor la inserción en la Muerte y resurrección de Cristo, pero por otra parte, requiere de una fuente bautismal apta y el respeto de las normas de pudor y recato. No creo que haya que pedir una licencia especial, salvo disposición expresa de la Conferencia Episcopal del país. Esto es algo que sabrá decirle mejor su párroco, o el párroco del lugar en donde quiera hacer el bautismo.

P. Jon M. de Arza, IVE

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